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Registro Estatal de Profesionales Sanitarios

En el caso de que se les solicite desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que procedan al alta en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, las y los colegiados deben hacerlo.

Para ello, hay que completar y firmar digitalmente la “Solicitud de Alta en REPS” (que también se encuentra a continuación), y remitirlo a la dirección indicada (reps@msssi.es).

Los médicos que tengan consulta propia se consideran “Entidades” a estos efectos, por lo que deben cumplimentar la información como “Entidades”.

Los profesionales con ejercicio autónomo y titulares de un centro sanitario con código REGCESS se consideran como entidades, por lo que deberán remitir directamente sus datos al REPS (Portal web específico ubicado en la web  del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad). Consulte la información de “Entidades”.

En el caso de que el profesional autónomo mantenga una relación mercantil con un centro sanitario con código REGCESS, en el que presta sus servicios, será el centro sanitario el encargado de hacer la notificación. Para ello, en el campo “ Vinculación laboral ”, hará constar “Autónomo”.

Para conocer el Código Autonómico que se requiere para  completar el formulario, sin perjuicio de disponer del mismo en la Autorización para la apertura de consulta del departamento de Sanidad del Gobierno Vasco, también se puede obtener en el momento mediante el siguiente formulario:

http://regcess.mscbs.es/regcessWeb/inicioBuscarCentrosAction.do

Información relativa al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios:

https://www.sanidad.gob.es/areas/profesionesSanitarias/registroEstatal/profesionalesREPS.htm

FORMULARIO ALTA

FORMULARIO BAJA

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